¿Conoces todas las deducciones de tu vivienda vacacional? – Declaración Renta 2015

La Declaración de la Renta suele suponer un quebradero de cabeza para mucha gente. Aun así conviene realizar un esfuerzo para conocer el detalle de la misma para aprovechar las herramientas (en forma de reducciones, deducciones y beneficios) que nos ofrece la administración para reducir la cuota a pagar, ya que al final del año, los impuestos derivados de nuestro alquiler turístico, afectarán directamente a la rentabilidad obtenida de la vivienda vacacional.
Por esto que en esta entrada vamos a detallar qué conceptos son deducibles al declarar los rendimientos obtenidos de nuestra vivienda turística en la Declaración de la Renta. Veréis que bastantes de estas deducciones también se aplican en el caso del alquiler de una vivienda habitual, sin embargo una de las mayores ventajas fiscales que tiene el alquiler para vivienda habitual, la “Deducción por alquiler de la vivienda habitual”, no se podrá aplicar en el alquiler turístico. De todas formas, debemos considerar que al ofrecer nuestro inmueble como vivienda turística, incurrimos en ciertos gastos adicionales que no encontraríamos en el alquiler del inmueble como vivienda habitual. Éstos serían el coste del anuncio de la vivienda en un portal, los suministros de agua, luz, gas, acceso a Internet, etc… Por ese motivo es interesante identificar todas las deducciones para reducir la base imponible.
La siguiente lista describe el detalle de los conceptos que son deducibles en la Declaración de la Renta y que Hacienda describe como: «aquellos necesarios para la obtención de rendimientos, gastos de financiación, intereses y gastos de conservación y mantenimiento.»
Por esto que en esta entrada vamos a detallar qué conceptos son deducibles al declarar los rendimientos obtenidos de nuestra vivienda turística en la Declaración de la Renta. Veréis que bastantes de estas deducciones también se aplican en el caso del alquiler de una vivienda habitual, sin embargo una de las mayores ventajas fiscales que tiene el alquiler para vivienda habitual, la “Deducción por alquiler de la vivienda habitual”, no se podrá aplicar en el alquiler turístico. De todas formas, debemos considerar que al ofrecer nuestro inmueble como vivienda turística, incurrimos en ciertos gastos adicionales que no encontraríamos en el alquiler del inmueble como vivienda habitual. Éstos serían el coste del anuncio de la vivienda en un portal, los suministros de agua, luz, gas, acceso a Internet, etc… Por ese motivo es interesante identificar todas las deducciones para reducir la base imponible.
La siguiente lista describe el detalle de los conceptos que son deducibles en la Declaración de la Renta y que Hacienda describe como: «aquellos necesarios para la obtención de rendimientos, gastos de financiación, intereses y gastos de conservación y mantenimiento.»
Intereses y demás gastos de financiación
- En este apartado se incluirían los intereses de la hipoteca o del préstamo, tanto de adquisición como de ampliación de la propiedad
Conservación y reparación de la vivienda vacacional
- Gastos debidos al mantenimiento del inmueble: pintado, revoco, arreglo de instalaciones
- Sustitución de elementos como calefacción, ascensor, etc…
- A tener en cuenta que en este apartado no se pueden incluir las ampliaciones o mejoras de los bienes
Tributos, recargos y tasas
- IBI, tasa de basuras, alumbrados, etc…
Otros gastos necesarios fiscalmente deducibles
- Primas de contratos de seguro
- Cantidades devengadas por terceros. Aquí se incluiría los gastos de comunidad, portería, administración, vigilancia, etc…
- Contrato arrendamiento, defensa jurídica, gestoría, anuncio de la propiedad
- Cantidades destinadas a servicios o suministros tales como: agua, luz, gas, internet, etc…
Amortización
- Amortización del inmueble, únicamente de la construcción, no del suelo, y un 10% del coste de los muebles y enseres
Debes tener en cuenta que la mayoría de estos gastos solamente se deducen proporcionalmente al tiempo en que el inmueble ha estado alquilado, con lo que será necesario prorratearlos. Estas deducciones son las que podremos restar a los ingresos que hayamos obtenido del alquiler y la diferencia nos dará el rendimiento neto del capital inmobiliario.
Es necesario informarse adecuadamente al calcular el detalle de cada gasto para no incurrir en errores, por lo que si tienes dudas acerca de cómo realizar la Declaración, pide cita con la Agencia Tributaria o con una gestoria para que te ayude a confeccionar tu Declaración de la Renta correctamente.
Dani
5 mayo, 2016 at 18:26¿Alguien conoce si estos gastos (o una parte proporcional de ellos) son deducibles en caso de alquiler de una habitación?
TONI
21 diciembre, 2017 at 11:58Hola. He hecho una reforma integral de mi apartamento. Qué gastos crees que podría deducirme? En especial, crees que podría deducir el cambio de ventanas, pintado de las paredes, cambio de la instalación eléctrica o cocina?
Gracias